Libro de ponencias y comunicaciones X Congreso Internacional SESST

Reglamento Federal de Seguridad y salud en el Trabajo (RFSST):verificar el inspector • Artículo 42. En relación con los Factores de Riesgo Ergonómico del Centro de Trabajo, los patrones deberán: • I. Contar con un análisis de los Factores de Riesgo Ergonómico de los puestos de trabajo expuestos a los mismos; • II. Adoptar medidas preventivas para mitigar los Factores de Riesgo Ergonómico en sus instalaciones, maquinaria, equipo o herramientas del Centro de Trabajo; • III. Practicar exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto; • IV. Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los Factores de Riesgo Ergonómico; • V. Capacitar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre las prácticas de trabajo seguras, y • VI. Llevar los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los exámenes médicos practicados.

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