A pesar de los esfuerzos del legislador hacia la efectividad de la igualdad en el empleo y la ocupación, estos esfuerzos no han dado los resultados esperados. El futuro de la prevención de riesgos laborales y, en particular, por razón de género continúa siendo una asignatura pendiente. La necesidad de unenfoque de género en el análisis y en la regulación-tanto legal como convencional- de la protección frente a los riesgos laborales más allá de la maternidad ha quedado acreditada; dicha orientación hacia laespecificidad de géneropuede llevarse a cabo tanto por medio de la negociación colectiva como por el legislador; en cualquier caso, de lo que no hay duda es que se trata deuna necesidad urgente. “Los hombres y las mujeres no son iguales biológicamente hablando (diferencias de sexo) y las actividades profesionales que realizan, las condiciones de trabajo y la forma en que son tratados por la Sociedad son distintas (diferencias de género)”. Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo
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