LEY ORGÁNICA 10/2022 • Art. 12 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual:“Las empresas deberán incluir en la valoración de riesgos de los diferentes puestos de trabajo ocupados por trabajadoras, la violencia sexual entre los riesgos laborales concurrentes, debiendo formar e informar de ello a sus trabajadoras”. • NO ES UNA OBLIGACIÓN NUEVA: La evaluación de riesgos psicosociales es una obligación legal (el Art. 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, marca la obligación de gestionar todos los riesgos, incluidos por tanto los psicosociales).
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