Libro de ponencias y comunicaciones X Congreso Internacional SESST

• El objeto del Convenio 190 de la OIT contempla la utilización de mecanismos, procedimientos o canales para interponer quejas o solicitar el inicio de actuaciones sobre situaciones de acoso o violencia en el trabajo. • El procedimiento para gestionar cualquier clase de conducta inadecuada, en su fase inicial, es básicamente el mismo. El Convenio 190 de la OIT viene a reforzar la idea de ESTABLECER MECANISMOS CONTRA LA VIOLENCIA LABORAL DE ENTRADA ÚNICA, ya que exige abordar cualquier tipo de práctica o comportamiento relacionado con la violencia o el acoso en el mundo del trabajo.

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