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La incorporación plena de la mujer al mercado laboral y la realización de todo tipo de tareas, sumado a un estado de gestación, ha condicionado nuevas situaciones de incapacidad para el desarrollo de la actividad laboral. Esta incapacidad viene determinada por patologías propias de la gestación y por la posibilidad de que el desarrollo de la actividad profesional, per se, suponga la exposición a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que influyan negativamente en la salud de la madre o del feto.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que cada año 276.000 recién nacido fallecen durante las primeras cuatro semanas de vida en el mundo, debido a anomalías congénitas.

Las anomalías congénitas pueden tener un origen genético, infeccioso o ambiental, aunque, en la mayoría de los casos resulta difícil identificar la causa.

Para una trabajadora gestante, la exposición a ciertos factores relacionados directamente con procedimientos en su puesto de trabajo puede suponer un riesgo para el normal desarrollo del feto o para la salud de la propia trabajadora.

Esta situación la convierte en una trabajadora “especialmente sensible”, dado que por su estado biológico conocido es más vulnerable a los riesgos derivados de su trabajo, siendo susceptible de especial vigilancia y control.

DESCARGAR GUIA :  http://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/e91e61c5-7559-4ce9-9440-a4bfe80e1df2/RIESGO+EMBARAZO_on-line.pdf?MOD=AJPERES&CVID

 

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